* Pueden impugnar dentro de las próximas 72 horas
* La próxima semana se revisarán casos de aspirantes vinculados con violencia de género
Por Mario Luis Ramos Rocha
Aguascalientes, Ags. 27 marzo 2024.- Por improcedentes, el Instituto Estatatal Electoral rechazó el regitro de cinco candidatos de Morena, siete del PVEM y uno de Movimiento Ciuadano, quienes no cumplieron con los requisitos establecidos por la ley en la materia.
En sesión mañanera realizada este día, el Consejo General determinó rechazarle a Morena las solicitudes de registro a los candidatos a las alcaldías de Asientos, El Llano, Jesús María, Rincón de Romos y Tepezalá.
Misma suerte corrieron las planillas presentadas por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) a los Ayuntamientos de Cosío, El Llano, Jesús María, Rincón de Romos, San Francisco de los Romo, San José de Gracia y Tepezalá, así como la fórmula postulada por el Distrito Local 1, además de la fórmula para el Distrito Local 3 del partido Movimiento Ciudadano.
Quienes sí podrán competir sin problema son los candidatos registrados en las planillas de Ayuntamiento postuladas por la vía independiente, encabezadas por Víctor Manuel Sánchez García, por San José de Gracia; Pedro Marmolejo García por Rincón de Romos; y Francisco Javier Domínguez López, por Cosío.
En la verificación de las fórmulas de candidaturas se revisó el cumplimiento de las postulaciones mediante los bloques de competitividad, paridad de género vertical y horizontal y candidaturas por acciones afirmativas en favor de los grupos de la diversidad sexual y de género, personas con discapacidad, así como personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas.
Asimismo, en los próximos días se revisarán los requisitos de elegibilidad respecto a los antecedentes de conductas de discriminación, violencia familiar y/o doméstica, violencia sexual, violencia política contra las mujeres en razón de género y el incumplimiento de las obligaciones alimentarias, información contenida en bases de datos y listados del Poder Judicial del Estado (PJE) y el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA), con el objeto de verificar la existencia de posibles supuestos de inelegibilidad.
Los partidos políticos, contarán con un plazo de 72 horas para hacer las modificaciones correspondientes en sus listados, en caso de tener prevenciones sobre dichos temas, de conformidad con el artículo 61 del Reglamento para el Registro de Candidaturas a Cargos de Elección Popular por parte de los Partidos Políticos, Coaliciones y Candidaturas Comunes en el Estado de Aguascalientes. De no hacerlo, se podrían hacer acreedores a una amonestación pública, incluso a la negativa del registro de las candidaturas.
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